Se acuerda Protocolo Nacional para la Recepción y Atención de Niñez y Adolescencia Migrante en Guatemala

El Consejo de Atención y Protección (CAP) cuenta con 12 instituciones, entre ellas el Ministerio de Gobernación (MINGOB) que respalda su accionar en el Código de Migración. Como parte de sus acciones, el CAP actualizó el Protocolo Nacional para la Recepción y Atención de la Niñez y Adolescencia Migrante en Guatemala, y se trabaja para integrar la Unidad de Atención y Protección a la Niñez y Adolescencia (UAPNA).

El Código de Migración visualiza cuatro momentos en la recepción de niñas, niños y adolescentes no acompañados, según lo establecido en los Artículos 174 y 175.

  • -Atención y protección consular
  • -Recepción y albergue
  • -Reunificación familiar inicial
  • -Seguimiento a la reintegración familiar en comunidad de origen.

El Ministerio de Gobernación cumple con sus funciones a través del Protocolo Nacional para la Recepción de Guatemaltecos Retornados. También realiza acciones para frenar las agresiones que se hacen en contra de personas vulnerables que puedan estar sufriendo en la movilidad humana. Mediante el Acuerdo Gubernativo 37-2024, de fecha 24 de marzo de 2024, se modificó el Acuerdo Gubernativo 635-2007, referente al Reglamento Orgánico Interno del Mingob.

Con estas reformas se establecieron nuevas funciones al Viceministerio encargado del área antinarcótica, fronteriza y de migración. Una de ellas es coordinar estrategias con las fuerzas de seguridad para combatir la migración irregular, y garantizar la seguridad dentro y fuera de los puestos fronterizos marítimos, aéreos y terrestres del país.

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