Estas áreas son diseñadas para garantizar la convivencia familiar, interacción social y protección de los menores durante la visita a personas privadas de libertad dentro de los centros carcelarios
Desde el 11 de septiembre pasado, la Dirección General del Sistema Penitenciario (DGSP) implementó un sistema único de registro electrónico de visitas en los centros carcelarios de Guatemala, con el objetivo de fortalecer los controles y ordenar el ingreso de los visitantes. Este mecanismo establece tres modalidades de visita: general, íntima (conyugal), y de Niñas, Niños y Adolescentes (NNA).
Para garantizar la protección de la niñez y adolescencia se establecieron jornadas diferenciadas y se asignó un día específico para la visita de las NNA. Esta medida permite ordenar el acceso a los centros penitenciarios, evitar que coincidan las visitas, y reforzar los mecanismos de seguridad en los penales.
Cada uno de los centros de privación de libertad, conforme a las nuevas disposiciones legales, deberá contar con áreas específicas para la atención de niñas, niños y adolescentes. Por ello, la DGSP ya trabaja en la habilitación de estos espacios, mediante labores de construcción y remodelación orientadas a generar ambientes adecuados para la convivencia familiar y la interacción social durante las visitas.
En las Granjas Modelo de Rehabilitación Cantel, en Quetzaltenango, y Pavón, en Fraijanes, Guatemala, así como en el Centro de Detención para Mujeres Santa Teresa, zona 18 capitalina y otras cárceles siguen avanzando los trabajos para habilitar estos nuevos espacios, donde las Personas Privadas de Libertad (PPP), han elaborado dibujos con mensajes positivos dirigidos a la niñez y adolescencia, y a su vez, instalado fuentes, mesas, cercas de madera, jardines naturales y gramilla artificial.
Los espacios contarán con juegos y otras áreas diseñadas para garantizar una sana convivencia familiar e interacción social durante los días programados para la visita de niñas, niños y adolescentes. Estos lugares estarán separados del área de dormitorios de las personas privadas de libertad y del sector destinado para la visita íntima. Además, queda prohibido que niñas, niños y adolescentes ingresen o permanezcan en ambos sitios, con el propósito de resguardar su integridad física y psicológica.

Requisitos indispensables
La visita de niñas, niños y adolescentes requerirá autorización previa y el cumplimiento de requisitos establecidos para garantizar su protección y seguridad dentro de los centros penitenciarios. Para ello, será indispensable que sean parientes consanguíneos dentro de los cuatro grados establecidos por la legislación vigente. Además, deberán estar acompañados por su tutor o por la persona legalmente encargada de su cuidado durante su ingreso, permanencia y egreso de dichos centros.
Para el primer grado de consanguinidad se exigirá certificación de nacimiento emitida por el Registro Nacional de las Personas (Renap), con un máximo de seis meses de antigüedad y fotografía del menor. En otros grados deberá acreditarse el parentesco. La DGSP revisará la documentación antes de autorizar el ingreso.
En cuanto a los controles de seguridad y la revisión corporal de niñas, niños y adolescentes, estos serán realizados por agentes de la guardia del Sistema Penitenciario del centro correspondiente, quienes aplicarán métodos no invasivos. El procedimiento se efectuará en presencia del adulto responsable de su cuidado, con estricto respeto a su dignidad y sus derechos fundamentales.
A estas medidas se suma la implementación de equipos tecnológicos biométricos y un sistema de cámaras de videovigilancia, que permitirá llevar un registro de cada ingreso y egreso de niñas, niños y adolescentes a los centros de privación de libertad. Estas acciones fortalecen las capacidades institucionales para proteger a los visitantes y reforzar la seguridad en los centros penitenciarios.
CS Mingob



