Convocatoria a Organizaciones Campesinas a elección de representantes ante los consejos departamentales de desarrollo para el periodo 2025-2026

Convocatoria a Organizaciones Campesinas a elección de representantes ante los consejos departamentales de desarrollo para el periodo 2025-2026

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN CONVOCATORIA DIRIGIDA A: ORGANIZACIONES CAMPESINAS A ELECCIÓN DE REPRESENTANTES ANTE LOS CONSEJOS DEPARTAMENTALES DE DESARROLLO PARA EL PERÍODO 2025-2026

GUATEMALA, VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO

SEÑORES REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES CAMPESINAS

Con base al artículo 9 inciso i) y último párrafo del referido artículo del Decreto 112002 del Congreso de la República, Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural; 9 inciso e), 9 Bis, 9 Ter, 11 y 13 del Acuerdo Gubernativo 461-2002 y sus reformas, Reglamento de la Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural; por este medio, se les convoca para asistir a la Asamblea que se llevará a cabo DE CONFORMIDAD CON EL CRONOGRAMA ADJUNTO, para la elección de dos (2) representantes titulares y un (1) suplente ante el Consejo Departamental de Desarrollo por un periodo de dos (2) años en el cargo, electos por los respectivos pueblos y sectores representados.

La mencionada convocatoria deberá hacerse en forma escrita en el Diario de Centro América y divulgada en otros medios escritos, radiales o televisivos, señalando el motivo o razón de la convocatoria, lugar y fecha de su realización, con siete (7) días calendario de anticipación como mínimo. En caso los convocados no comparezcan, se realizará la reunión con iguales propósitos, una hora después de la señalada en el mismo lugar y fecha, con los representantes de las entidades presentes.

Para los efectos del resultado de cada una de las elecciones, el Ministerio de Gobernación deberá informar dentro de los quince (15) días posteriores a la elección respectiva, sobre dichos nombramientos a la institución pertinente. Para el desarrollo del proceso de elección se contará con el apoyo y acompañamiento del Fondo de Tierras, como ente descentralizado del Estado.

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