El Presidente de la República, Alejandro Giammattei, anunció que en Consejo de Ministros se tomó la decisión de implementar una serie de medidas y restricciones, con el objetivo de proteger la salud de sus ciudadanos, debido al incremento de casos de Coronavirus COVID-19 en el país.
Dichas restricciones entran en vigencia a partir de este lunes 18 de mayo, 2020, hasta nuevo pronunciamiento y son de carácter obligatorio para toda la población. Dentro de estas se establece toque de queda, del lunes 18 a las 17:00 horas a las 5:00 de la mañana del día siguiente, el cual se mantendrá activo hasta el viernes 22 del mismo mes, limitando la libre locomoción, que incluye el tránsito y circulación de personas, vehículos particulares, transporte terrestres particular y de pasajeros, en los horarios establecidos.
La restricción de estricta permanencia en la residencia, dentro de la cual se ordena el confinamiento por salud, desde el viernes 22 de mayo a las 17:00 horas hasta el lunes 25 del mismo mes a las 5:00 de la mañana.
Para evitar aglomeraciones, se autoriza el funcionamiento de supermercados, tiendas de conveniencia, abarroterías, tiendas de barrios, centros de conveniencia, mercados municipales y cantonales, en horario de 6:00 de la mañana a 16:00 horas, del 18 al 22 de mayo, los cuales podrán funcionar, respetando el distanciamiento social, el uso adecuado de mascarilla y todas las medidas sanitarias.
De la misma manera en horario de 5:00 a 17:00 horas, podrán realizar sus actividades: bancos, financieras, aseguradoras, cooperativas, actividades ganaderas, agrícolas, pecuarias, fitozoosanitarias y recursos hidrobiológicos, además de transporte de ayuda humanitaria, hoteles y pensiones.
Dentro de estas disposiciones se exeptúan, los vehículos y personal de servicios médicos y alimenticios, medios de comunicación, servicios de energía eléctrica y empresas de telecomunicaciones; transporte de alimentos, servicios funerarios y aseguradoras, así como empleados que laboran en call center de servicios médicos y alimenticios, quienes deberán circular debidamente identificados con carné laboral y uniforme.
Además quedan exentos de esta normativa, los abogados, agentes de seguridad privada, médicos, pacientes y personal de labore en entrega domiciliar.
Quedando cada entidad privada, individual o jurídica, responsable de la salud del personal y usuarios de sus servicios, así como el transporte de personal que labore en las mismas, debiendo contar con la autorización del Ministerio de Economía.
Nota: Wendy Álvarez